En Costa Rica, todo procedimiento penal es desarrollado bajo el sistema acusatorio, donde se prioriza el respeto a los derechos humanos de todo inculpado. Esto, gracias a las múltiples reestructuraciones políticas que han sufrido muchos países latinoamericanos, que, además, ha permitido incentivar el retorno de ideologías democráticas dentro de sus sistemas políticos. A su vez, esto ha desencadenado una serie de cambios en la estructura y funcionamiento de los sistemas penales, garantizando un mayor equilibrio en materia de seguridad, y propiciando una mayor protección de los derechos humanos de sus habitantes. Lo cual, ha permitido construir un sistema penitenciario mayormente justo y equitativo, donde se incluye a la víctima dentro de un concepto más empático, que busca reparar los daños cometidos por el imputado (Houed, M. A., s.f., pp. 2-4).
De esta forma, se comprende una pena como uno de los principales recursos del sistema penitenciario costarricense, en el que se busca regular y castigar los actos delictivos. Esta comprende la limitación o pérdida de ciertos derechos del acusado mediante la delimitación de una sanción, no obstante, siempre procurando la imposición de medidas correctivas que colaboren a la reforma del sujeto inculpado (Gullock, R., 2012, pp. 129).
Toda pena será dependiente de los hechos punibles cometidos por un individuo, por esta razón, el órgano jurisdiccional es quien establecerá la medida con la cual será penalizado (Gullock, R., 2012, pp. 130). Ahora, es fundamental contemplar algunas de las regulaciones que el Código Penal establece en medida de no exceder los límites penales; por ejemplo, el artículo 51 delimita que la pena de prisión para todo inculpado será de un máximo de 25 años, por lo tanto, su análisis delictual deberá apegarse a estas regulaciones (Código Penal N°4573, 1970).
Además, es importante destacar que, dicho recurso penal es otorgado con la función de restablecer un daño causado al orden social, donde, se le otorga un castigo a quien incumple estas normas. En Costa Rica, este es realizado con el fin de promocionar un sentido de reformación y resocialización, en el que la sociedad intenta reincorporar al sujeto procesado después de ser cumplida su condena. Sin embargo, existen diversos desacuerdos que manifiestan la dificultad de educar para la libertad desde la privación de la misma (Muñoz, F. & García, M., 2010, pp. 506-507).
Todas las sanciones deben de estar previa y expresamente establecidas en la doctrina jurídica, en favor de que los jueces se limiten a la aplicación discrecional de una sanción (Gullock, R., 2012, pp. 40). Así, existen diferentes tipos de sanción que permiten la flexibilización de las amonestaciones, las cuales son; la sanción de prisión, la cual comprende la privación de libertad de un individuo según sus actos delictivos asociados; la sanción de extrañamiento, la cual consiste en la expulsión del territorio costarricense al individuo extranjero inculpado, sin derecho de regresar a él hasta el cumplimiento total de su condena; la sanción con multa, la cual consta de la obligación a un sujeto a realizar un pago específico a una institución que la ley designe, en un periodo de tiempo límite, y con una multa impuesta de acuerdo a su condición económica; la sanción de inhabilitación absoluta, la cual consiste en la incapacidad y pérdida de empleo, cargo o comisiones públicas de un sujeto, asimismo, en la privación de los derechos políticos activos y pasivos, y la incapacidad para ejercer la patria potestad, tutela, curatela o administración judicial de bienes; y finalmente, la inhabilitación especial, la cual consiste en la privación o restricción de uno o más de los derechos mencionados en la inhabilitación absoluta (Código Penal N°4573, 1970).
Asimismo, los principales elementos jurídicos que componen el principio de proporcionalidad de las sanciones son; la legitimidad, la idoneidad, la necesidad y la proporcionalidad en sentido estricto (Dictamen N° 197, 2009). Los cuales, motivan el cumplimiento eficaz, oportuno e imparcial del efecto de la sanción dentro del Derecho Penal.
La pena produce una serie de efectos positivos en la sociedad, no obstante, a su vez comprende algunos aspectos negativos. Al ser la pena un tipo de coacción psicológica que pretende abstener a los individuos de delinquir, es primordial destacar que no todos responden del mismo modo. Así, existen altos índices de criminalidad en Costa Rica que han proporcionado el aumento de condenados; desencadenando un gran hacinamiento en las mayorías de cárceles del territorio nacional (Salazar, F., 2020).
En los últimos cinco años se han promovido leyes importantes que comprenden la sanción de ciertos individuos que anteriormente no eran penalizados por sus mismas acciones, una de estas es la “Ley contra el acoso sexual callejero”. El acoso sexual callejero hace referencia a un tipo de violencia que sufren las mujeres, en su mayoría, y hombres al transitar por espacios públicos. La normalización a través de los años acerca de estos eventos comprende a su vez múltiples rasgos culturales que se heredan de ideologías machistas, donde, la mujer es sexualizada y objetivada ante la dominancia de los hombres. Sin embargo, gracias a diversos movimientos feministas que promueven la equidad de derechos humanos entre individuos, se han incentivado considerables cambios socioculturales que procuran erradicar las injusticias sociales. De esta manera, Costa Rica evoluciona a favor de castigar a quienes irrespetan la integridad emocional y física de una persona mediante actos sexuales no consensuados.
Por otra parte, las reformas de la ley N° 4573, del Código Penal y la ley N° 7451, que desarrollan la “Ley de Bienestar de los animales”, promueven garantizar condiciones vitales básicas de cuidado y protección a cualquier animal de compañía, y estipula ciertas medidas de manejo para la experimentación con animales. Asimismo, establece una serie de infracciones a quienes ejecuten peleas entre animales y a quienes desarrollen criaderos clandestinos (Ley de Bienestar de los animales N° 9458, 2017).
Si bien estas jurisprudencias incentivan cambios mayormente positivos en la sociedad costarricense, es fundamental destacar que esto representa un aumento de personas condenadas. De este modo, es importante realizar algunas reformas al sistema penitenciario, que denoten un adecuado manejo de sus recursos a través de proyectos carcelarios que implementen mayores actividades físicas, recreativas, laborales y educativas para los reos, que, a su vez, generen pequeños ingresos económicos a las cárceles e incentiven un mayor deseo de progreso.
Referencias bibliográficas:
Código Penal N°4573. Procuraduría General de la República, Costa Rica, 04 de mayo de 1970. Recuperado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=5027&nValor3=113014&strTipM=TC
Dictamen N° 197. Procuraduría General de la República, Costa Rica, 20 de julio de 2009. Recuperado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/pronunciamiento/pro_ficha.aspx?param1=PRD¶m6=1&nDictamen=15945&strTipM=T
Gullock, R. (2012). Derecho Penal: Parte general (Código 5277). Universidad Estatal a Distancia, Programa de Producción de Materiales Didácticos Escritos: San José, Costa Rica. Recuperado de https://aprende.uned.ac.cr/pluginfile.php/1405632/mod_resource/content/1/5277%20-%20Derecho%20penal%20%20v06.pdf
Houed, M. A. (s.f.). El proceso penal en Costa Rica [Archivo PDF]. Recuperado de https://d3gqux9sl0z33u.cloudfront.net/AA/AT/gambillingonjustice-com/downloads/215003/dp-ppenal_costarica.pdf
Ley de Bienestar de los animales N° 9458. Procuraduría General de la República, Costa Rica, 11 de junio de 2017. Recuperado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=84296&nValor3=108689&strTipM=TC
Muñoz, F. & García, M. (2010). Derecho Penal: Parte General 8a edición revisada y puesta al día. Tirant lo blanch: Valencia, España. Recuperado de https://www.derechopenalenlared.com/libros/Derecho_Penal_Parte_General_Munoz_Conde_Mercedes_Aran.pdf
Salazar, F. (2020). Tasa de hacinamiento en cárceles de Costa Rica alcanza el 27% / Entrevistada por Ignacio Santos. Recuperado de https://www.teletica.com/entrevistas/tasa-de-hacinamiento-en-carceles-de-costa-rica-alcanza-el-27_265194
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