jueves, 5 de mayo de 2022

Conclusiones y recomendaciones

Es evidente la importancia y trascendencia que simboliza la pena en el Sistema Penal, de manera que, esta representa una de las sanciones para los actos delictivos más graves. Asimismo, la importante función que ejecutan los jueces para la determinación de una sanción al caso demandado mediante los lineamientos que expone el órgano jurisdiccional.

Algunas de las reformas y leyes impuestas en los últimos años han prohibido algunas acciones que anteriormente eran normalizadas, esto con el objetivo de una mayor regulación de las conductas humanas que impiden la construcción de una convivencia armoniosa en la sociedad. Sin embargo, el aumento de hechos penalizables desencadena el aumento de condenados, lo cual, representa un problema para el sistema penitenciario costarricense careciente de recursos para un adecuado funcionamiento del modelo resocializador.

De esta manera, es importante realizar una reestructuración de los sistemas penitenciarios, donde, se busque una mejor administración de sus recursos. Asimismo, es fundamental que se contemplen proyectos sociales en los que sean partícipes los reos, para así, incentivarlos a una reinserción social que prevenga la reincidencia de actividades ilegítimas.

En un mismo sentido, la criminología está sumamente relacionada con la política criminal, gracias a los conocimientos que esta disciplina engloba en su ejercicio. Esta ha logrado gestionar modelos preventivos para luchar contra las conductas desviadas, más, sin embargo, con la ventaja de ser una disciplina abierta que valida al delito como un fenómeno multicausal. De esta manera, la cercanía entre la política criminal y la criminología explica la razón por la cual es esencial efectuar un adecuado análisis de las dimensiones sociales y políticas valorando el origen de cada deficiencia, incorporando hechos que no siempre son punibles y utilizando las ventajas de la interdisciplinariedad.

Bien es sabido que, en Costa Rica existen numerosas inconsistencias en esta materia, y por ello la gran desconfianza y disgustos de los ciudadanos. No obstante, se recomienda que las instituciones legales y políticas del país realicen reformas estratégicas para abarcar principios de la política criminal con mayor preponderancia, para así, evitar la decadencia irreparable de la seguridad.

La política criminal puede ser la solución a variados problemas sociológicos, pero, es importante reconocer que a Costa Rica le falta experiencia, interés y conocimiento en el área. Y, aunque algunos costarricenses mantiene la fe de que la situación mejore, la única alternativa depende del apoyo a movimientos, políticas y líderes que incentivan programas inclusivos transparentes. En este sentido, la construcción de gobiernos abiertos brindaría una importante alternativa para el mejoramiento de los sistemas gubernamentales del país.

Un ejemplo de ello, y una breve explicación de lo que son los gobiernos abiertos, se detalla en el siguiente video: https://www.youtube.com/watch?v=q0CKjXQW4Zc.

De esta manera, realizando un enfoque específico de la labor de los Gobiernos locales, se valora la importancia de la participación, colaboración y transparencia para la construcción de un Gobierno amigable y empático que cumpla con las principales necesidades que manifiesta el pueblo. Actualmente, la ideología política practicada en Costa Rica es democrática, lo cual representa una gran fortaleza dentro del desarrollo progresivo del país. No obstante, algunos de los líderes políticos a cargo de dirigir importantes instituciones, han aprovechado su alcance e influencia para la ejecución de actividades ilícitas que promueven la corrupción política; lo que ha ocasionado un evidente deterioro de los sistemas públicos costarricenses y un ineficiente funcionamiento de sus instituciones.

Por esta razón, se ha manifestado una importante necesidad por implementar Gobiernos Abiertos que contribuyan con la rendición de cuentas de sus altos jerarcas, así, se establezca mayor transparencia dentro de las funciones de sus órganos y se propicie una mayor confiabilidad de la población a los sistemas e instituciones gubernamentales. Tal como lo indicó el expresidente Solís en la rendición de cuentas del año 2014, “la rendición de cuentas corresponde a un derecho fundamental de los ciudadanos y una obligación de los servidores del Estado, ya que, la población costarricense compone parte importante del Gobierno, y sin su aporte, este no podría solventar sus necesidades” (Padilla, R., s.f.). De esta manera, la población y el Estado deben representar una relación recíproca, donde el aporte de sus ciudadanos sea recompensado a manera de eficiencia y efectividad en los servicios brindados por su Gobierno.

Así, a su vez, desde una perspectiva externa y personalizada, visualizar y comprender estos aspectos que movilizan la humanidad y la política de Costa Rica ha generado mayor consciencia de los múltiples problemas sociales que se experimentan a diario, que, además, se promueven ignorar para no desestabilizar los modelos de vida actuales. De este modo, permite desarrollar un pensamiento crítico que colabore con la eliminación de la sumisión e incentive la formación de proyectos mayormente igualitarios que busquen una solución paulatina desde la raíz del problema.

Referencia bibliográfica:

Padilla, R. (s.f.). La Transparencia y la Alianza para el Gobierno Abierto: La Transparencia como Estrategia contra la corrupción. Recuperado de http://www.dhr.go.cr/Red_de_transparencia/acerca_de_la_red/foro_anual/transparencia_alianza%20_para_gobierno.pdf

Sistema Penal costarricense

En Costa Rica, todo procedimiento penal es desarrollado bajo el sistema acusatorio, donde se prioriza el respeto a los derechos humanos de todo inculpado. Esto, gracias a las múltiples reestructuraciones políticas que han sufrido muchos países latinoamericanos, que, además, ha permitido incentivar el retorno de ideologías democráticas dentro de sus sistemas políticos. A su vez, esto ha desencadenado una serie de cambios en la estructura y funcionamiento de los sistemas penales, garantizando un mayor equilibrio en materia de seguridad, y propiciando una mayor protección de los derechos humanos de sus habitantes. Lo cual, ha permitido construir un sistema penitenciario mayormente justo y equitativo, donde se incluye a la víctima dentro de un concepto más empático, que busca reparar los daños cometidos por el imputado (Houed, M. A., s.f., pp. 2-4).


De esta forma, se comprende una pena como uno de los principales recursos del sistema penitenciario costarricense, en el que se busca regular y castigar los actos delictivos. Esta comprende la limitación o pérdida de ciertos derechos del acusado mediante la delimitación de una sanción, no obstante, siempre procurando la imposición de medidas correctivas que colaboren a la reforma del sujeto inculpado (Gullock, R., 2012, pp. 129). 

Toda pena será dependiente de los hechos punibles cometidos por un individuo, por esta razón, el órgano jurisdiccional es quien establecerá la medida con la cual será penalizado (Gullock, R., 2012, pp. 130). Ahora, es fundamental contemplar algunas de las regulaciones que el Código Penal establece en medida de no exceder los límites penales; por ejemplo, el artículo 51 delimita que la pena de prisión para todo inculpado será de un máximo de 25 años, por lo tanto, su análisis delictual deberá apegarse a estas regulaciones (Código Penal N°4573, 1970).

Además, es importante destacar que, dicho recurso penal es otorgado con la función de restablecer un daño causado al orden social, donde, se le otorga un castigo a quien incumple estas normas. En Costa Rica, este es realizado con el fin de promocionar un sentido de reformación y resocialización, en el que la sociedad intenta reincorporar al sujeto procesado después de ser cumplida su condena. Sin embargo, existen diversos desacuerdos que manifiestan la dificultad de educar para la libertad desde la privación de la misma (Muñoz, F. & García, M., 2010, pp. 506-507).

Todas las sanciones deben de estar previa y expresamente establecidas en la doctrina jurídica, en favor de que los jueces se limiten a la aplicación discrecional de una sanción (Gullock, R., 2012, pp. 40). Así, existen diferentes tipos de sanción que permiten la flexibilización de las amonestaciones, las cuales son; la sanción de prisión, la cual comprende la privación de libertad de un individuo según sus actos delictivos asociados; la sanción de extrañamiento, la cual consiste en la expulsión del territorio costarricense al individuo extranjero inculpado, sin derecho de regresar a él hasta el cumplimiento total de su condena; la sanción con multa, la cual consta de la obligación a un sujeto a realizar un pago específico a una institución que la ley designe, en un periodo de tiempo límite, y con una multa impuesta de acuerdo a su condición económica; la sanción de inhabilitación absoluta, la cual consiste en la incapacidad y pérdida de empleo, cargo o comisiones públicas de un sujeto, asimismo, en la privación de los derechos políticos activos y pasivos, y la incapacidad para ejercer la patria potestad, tutela, curatela o administración judicial de bienes; y finalmente, la inhabilitación especial, la cual consiste en la privación o restricción de uno o más de los derechos mencionados en la inhabilitación absoluta (Código Penal N°4573, 1970).

Asimismo, los principales elementos jurídicos que componen el principio de proporcionalidad de las sanciones son; la legitimidad, la idoneidad, la necesidad y la proporcionalidad en sentido estricto (Dictamen N° 197, 2009). Los cuales, motivan el cumplimiento eficaz, oportuno e imparcial del efecto de la sanción dentro del Derecho Penal.

La pena produce una serie de efectos positivos en la sociedad, no obstante, a su vez comprende algunos aspectos negativos. Al ser la pena un tipo de coacción psicológica que pretende abstener a los individuos de delinquir, es primordial destacar que no todos responden del mismo modo. Así, existen altos índices de criminalidad en Costa Rica que han proporcionado el aumento de condenados; desencadenando un gran hacinamiento en las mayorías de cárceles del territorio nacional (Salazar, F., 2020).

En los últimos cinco años se han promovido leyes importantes que comprenden la sanción de ciertos individuos que anteriormente no eran penalizados por sus mismas acciones, una de estas es la “Ley contra el acoso sexual callejero”. El acoso sexual callejero hace referencia a un tipo de violencia que sufren las mujeres, en su mayoría, y hombres al transitar por espacios públicos. La normalización a través de los años acerca de estos eventos comprende a su vez múltiples rasgos culturales que se heredan de ideologías machistas, donde, la mujer es sexualizada y objetivada ante la dominancia de los hombres. Sin embargo, gracias a diversos movimientos feministas que promueven la equidad de derechos humanos entre individuos, se han incentivado considerables cambios socioculturales que procuran erradicar las injusticias sociales. De esta manera, Costa Rica evoluciona a favor de castigar a quienes irrespetan la integridad emocional y física de una persona mediante actos sexuales no consensuados. 

Por otra parte, las reformas de la ley N° 4573, del Código Penal y la ley N° 7451, que desarrollan la “Ley de Bienestar de los animales”, promueven garantizar condiciones vitales básicas de cuidado y protección a cualquier animal de compañía, y estipula ciertas medidas de manejo para la experimentación con animales. Asimismo, establece una serie de infracciones a quienes ejecuten peleas entre animales y a quienes desarrollen criaderos clandestinos (Ley de Bienestar de los animales N° 9458, 2017).

Si bien estas jurisprudencias incentivan cambios mayormente positivos en la sociedad costarricense, es fundamental destacar que esto representa un aumento de personas condenadas. De este modo, es importante realizar algunas reformas al sistema penitenciario, que denoten un adecuado manejo de sus recursos a través de proyectos carcelarios que implementen mayores actividades físicas, recreativas, laborales y educativas para los reos, que, a su vez, generen pequeños ingresos económicos a las cárceles e incentiven un mayor deseo de progreso.

Referencias bibliográficas:

Código Penal N°4573. Procuraduría General de la República, Costa Rica, 04 de mayo de 1970. Recuperado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=5027&nValor3=113014&strTipM=TC

Dictamen N° 197. Procuraduría General de la República, Costa Rica, 20 de julio de 2009. Recuperado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/pronunciamiento/pro_ficha.aspx?param1=PRD&param6=1&nDictamen=15945&strTipM=T 

Gullock, R. (2012). Derecho Penal: Parte general (Código 5277). Universidad Estatal a Distancia, Programa de Producción de Materiales Didácticos Escritos: San José, Costa Rica. Recuperado de https://aprende.uned.ac.cr/pluginfile.php/1405632/mod_resource/content/1/5277%20-%20Derecho%20penal%20%20v06.pdf 

Houed, M. A. (s.f.). El proceso penal en Costa Rica [Archivo PDF]. Recuperado de https://d3gqux9sl0z33u.cloudfront.net/AA/AT/gambillingonjustice-com/downloads/215003/dp-ppenal_costarica.pdf 

Ley de Bienestar de los animales N° 9458. Procuraduría General de la República, Costa Rica, 11 de junio de 2017. Recuperado de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=84296&nValor3=108689&strTipM=TC 

Muñoz, F. & García, M. (2010). Derecho Penal: Parte General 8a edición revisada y puesta al día. Tirant lo blanch: Valencia, España. Recuperado de https://www.derechopenalenlared.com/libros/Derecho_Penal_Parte_General_Munoz_Conde_Mercedes_Aran.pdf 

Salazar, F. (2020). Tasa de hacinamiento en cárceles de Costa Rica alcanza el 27% / Entrevistada por Ignacio Santos. Recuperado de https://www.teletica.com/entrevistas/tasa-de-hacinamiento-en-carceles-de-costa-rica-alcanza-el-27_265194

Su relación con otras disciplinas

La política criminal compone importantes preceptos que contribuyen con el funcionamiento de otras disciplinas; por esta razón, en múltiples ocasiones se delimita a la misma como una disciplina sin sujeto. No obstante, su gran interdisciplinariedad yace en el mismo incentivo: hacer frente a problemas sociales ocasionados por seres humanos, para así, garantizar los bienes jurídicos, individuales y colectivos de una nación.

En este sentido, su objetivo mismo enuncia importante relevancia en la formación y consideración de esta en la Criminología. Ambas disciplinas buscan producir efectos sobre los fenómenos sociales, más allá de los casos delictivos que se abordan, y por ello, la política criminal representa un fundamental elemento en la prevención de los delitos.

A pesar de existir un fuerte enlace disciplinario entre ambas áreas de estudio, los problemas que enfrentan los sistemas penales en la actualidad son realmente profundos y complejos. Las respuestas a los conflictos sociales son aterradoramente deficientes, de manera que, estos niveles no superan el 15% de eficacia en varios países latinoamericanos.

En el siguiente enlace se puede apreciar un claro ejemplo del desequilibrio de los sistemas penales y políticos de Latinoamérica: https://cnnespanol.cnn.com/2021/11/10/carceles-america-latina-sobrepoblacion-presos-orix/.  

Como parte de las estrategias de abordaje en material delictiva, es esencial que la eficacia se alíe con las respuestas al fenómeno criminal. Sin embargo, el significativo desconocimiento en la materia ha impulsado diálogos erróneos que exaltan a la política criminal como un “momento valorativo” del sistema penal, donde, además, se han propiciado estrategias inservibles por parte de la gestión política de múltiples países.

Es necesario identificar, desde diferentes perspectivas, regularidades e irregularidades dentro del sistema, para así, modificar objetivamente los conflictos sociales que tanta consecuencia albergan. Por tanto, el diseño e implementación de una política criminal basada en las necesidades históricas, culturales, sociales, políticas y económicas, constituye una premisa primordial de análisis para abordar esta temática. Asimismo, y como parte de las necesidades, la victimización y el estudio de la Victimología deben constituir un importante elemento dentro de ella, para garantizar mayor integralidad de componentes.


Empero, ¿qué es la Victimología?, pues, se entiende por víctima al individuo que es perjudicado en una relación asimétrica, de manera que, esta sufre daños temporales o permanentes, y de cualquier tipo. Este ha sido uno de los principales elementos de estudio dentro de la Criminología y su epistemología corresponde al producto de una evolución paulatina, donde su significado proviene de la palabra “vencido”. Su estudio ha sido catalogado como Victimología y evalúa la delincuencia en sus diversas fases de la victimización, aportando fundamentales herramientas metodológicas a los afectados que se derivan de un acto criminal o antisocial (Zúñiga, R., 2020., pp. 314-315).

En un inicio, a raíz del pensamiento positivista de la Criminología, la víctima fue olvidada y apartada de los principales objetos de estudio por sus supuestos deficientes aportes a la dinámica del hecho delictivo. Las múltiples investigaciones y esfuerzos de elaboración científica enfocaron su atención durante algún tiempo hacia el estudio del delincuente, sin determinar mínima importancia a sus víctimas. No obstante, gracias a una serie de transformaciones epistemológicas y etiológicas, y las observaciones de Antonio García Pablos de Molina, actualmente la ciencia empírica de la Criminología engloba la conducta delictiva, el control social y la víctima dentro de sus aplicaciones, lo cual, ha incentivado una ampliación de los conocimientos relacionados al fenómeno criminal (Cuarezma, S. J., s.f., pp. 297-299).

En los años setenta, la Victimología cobra figura como una disciplina científica y cautiva mayor atención de diversos pensadores de diferentes disciplinas. Mientras, en los años ochenta, se formula una nueva corriente que diferenciaba sus principios de la anterior por su preocupación a los derechos y necesidades de las víctimas. Así, a razón de estas adaptaciones, en la actualidad se establece un tratamiento para las víctimas que busca otorgar una respuesta a las consecuencias desencadenadas por el acto del delito desde un ordenamiento jurídico que respalda los derechos y obligaciones de todo ciudadano (Cuarezma, S. J., s.f., pp. 304-305).

De este modo, la Victimología es también utilizada como el estudio clínico y tratamiento de quienes padecen alguna conducta antisocial, y atiende a los afectados de un delito, tomando en cuenta víctimas de accidentes, de discriminación, de abusos de poder, de desastres naturales, y otros (Hikal, W., 2009).


También, dentro del contexto Criminológico y de la Política Criminal, la víctima ofrece importantes aspectos que delimitan la razón por la cual fueron elegidos como blanco para cometer un delito, asimismo, denota información fundamental para conocer con mayor precisión al victimario. Hay algunas preguntas importantes que deben acompañar a cualquier estudio de la víctima, igualmente, varios datos que los Criminólogos deben manejar para el integral abordaje del caso, como: la ocupación, el estado civil, características físicas, estilo de vida, historial médico, su nivel educativo, historial de amigos cercanos, entre otras (Sanz, J., 2018).

Se analiza así que, si bien la creación de un riesgo particular está relacionada con los atributos o el comportamiento habitual de la víctima, más que con las características particulares del criminal, el comportamiento de la víctima al interactuar con el criminal es delimitante para la resolución del caso.

Referencias bibliográficas:

Zúñiga, R. (2020). Fundamentos de Criminología. San José, Costa Rica: Programa de producción de material didáctico escrito.

Cuarezma, S. J. (s.f.). La victimología. Instituto Interamericano de los Derechos Humanos. Recuperado de https://www.corteidh.or.cr/tablas/a12064.pdf

Hikal, W. (2009). Victimología: ¿qué es y para qué sirve? VLex International. Recuperado de https://international.vlex.com/vid/iacute-eacute-sirve-56947467

Sanz, J. (2018). La importancia del estudio de la victimología en la investigación de crímenes. Club de Ciencias Forenses. Recuperado de https://www.clubforenses.com/la-importancia-del-estudio-de-la-victimologia-en-la-investigacion-de-crimenes-club-de-ciencias-forenses/

¿Qué es la Política Criminal?

La política criminal no se limita únicamente a los hechos que han sido calificados como delitos, y por los cuales se ha impuesto alguna sanción o castigo; esta implica, a su vez, una serie de respuestas gubernamentales y no gubernamentales en contra de la criminalidad, y con la intención de mitigar en mayor grado la delincuencia. Por ello, y bajo el mismo contexto, múltiples Estados optan por construir una política criminal con contenido represivo. No obstante, esto dispone una visión mayormente moralista, donde, se deja en un segundo plano la seguridad de los ciudadanos y la garantía de sus derechos, y se pospone la aplicación de soluciones pertinentes a los problemas sociales que subyacen en la raíz de la conducta desviada.




Por ejemplo, el crecimiento acelerado del narcotráfico, el endurecimiento irracional de las penas, el deficiente y desbalanceado abordaje de las sanciones, y la irregularidad de los sistemas políticos y penales; son solo algunas de las evidencias de la ineficaz respuesta de los modelos represivos en la política criminal.

Por tanto, gran parte de la responsabilidad es destinada a herramientas coercitivas del Derecho Penal y del Derecho Procesal Penal; cuyas políticas penales son insuficientes y limitan la función judicial de un Estado. 




De tal manera que, es deseable enfatizar en mecanismos de diferente naturaleza que comprendan mayor integralidad, y que, a su vez, basen sus preceptos en el respeto de los derechos fundamentales de todo individuo, y promuevan la regeneración del Derecho Penal; que, hace pocos años se derrumbó en demasía.

Desde su creación, se han formulado diversas teorías de abordaje del castigo, de tal manera que, en la actualidad, muchas de ellas se encuentran aún inmersas en la política criminal de muchos países. Por ejemplo, la teoría dialéctica, la cual defiende que el castigo es inseparable de la dignidad humana.

Aunque, a pesar de existir variadas corrientes de planificación y ejecución en la política criminal, es de suma importancia considerar múltiples principios legales, como: el principio de legalidad, el principio de agresión, el principio de culpabilidad, el principio de agresión, el principio de verdad y el principio de proporcionalidad, para así, mitigar impactos negativos e irreparables de la criminalidad en las naciones.

Muchas de las evidentes fallas que experimentan los Sistemas Penales y la Política Criminal han inclinado sus estrategias de gestión hacia la ley penal del enemigo, donde, se promueven modelos únicamente preventivos. En este sentido, se abordan tanto delitos graves como otros de menor impacto desde un interés integral, que comprenden las diversas condiciones modernas que la seguridad social amerita. Ejemplos claros de delitos que este modelo de abordaje comprende, son: los delitos en el campo de la salud, delitos que perjudican la sociedad y su economía, y delitos cometidos dentro de alguna función laboral.

Empero, la Política Criminal es un fenómeno tan complejo y diverso, que, se concreta como una decisión, en la cual se configura el mismo como un proceso permeable y dinámico, inmerso en las tácticas, contradicciones y estrategias del poder (Sibaja, I., 2018, pp. 143).

Así, dependiendo de cada Estado y sus intereses, el apartado de la Política Criminal podrá variar. En Costa Rica, sus límites aún son algo difusos, por lo tanto, su discusión no es tan clara y su integralidad es algo deficiente. Por consiguiente, el país presenta elevadas tasas de criminalidad, que, desafortunadamente, incrementan anualmente.

Bien es sabido que la criminalidad es de los principales problemas sociales de los Estados modernos, no obstante, la inseguridad social es aún más relevante. Actualmente, el uso desmedido del instrumental punitivo, la poca transparencia en la gestión de los gobiernos locales, el aumento de la delincuencia, el hacinamiento carcelario y la importante influencia de los medios de comunicación, son solo algunas de las variables que han colaborado con el incremento de la inseguridad ciudadana. De tal modo que, el escaso conocimiento de la materia y el poco interés gubernamental, han imposibilitado la mitigación de sus daños en la sociedad.

Entre las principales consecuencias se destaca el sentimiento de frustración, pánico, temor e impotencia, y a su misma vez, la sensación de vulnerabilidad y alerta ante estímulos sociales; afectando principalmente a poblaciones vulnerables, como: mujeres, niños y niñas, y personas pertenecientes a la comunidad LGBTIQ+. 

Desafortunadamente, la deficiente atención que han prestado los gobiernos a esta problemática social ha incentivado el aumento de la desconfianza hacia múltiples líderes políticos, por ello, la inseguridad social ha representado un tedioso ciclo sin resolver, que, de manera inevitable a sido heredada a próximas generaciones.

Claro está, que, como muchas otras disciplinas, la Política Criminal continúa presentando diversas inconsistencias; por su amplia interdisciplinariedad y sus variados modelos de abordaje. No obstante, es vital destacar la gran visión de su creación. Ya que, esta fue implementada con el objetivo de definir la cuestión criminal dentro de la estructura social, y dirigir y organizar el conjunto de sus métodos como respuesta al fenómeno delictivo; todo esto mediante mecanismos de criminalización y descriminalización (Acevedo, M., 2014, pp. 41).

Y a pesar de esta ser inconsistente en su mayoría de ocasiones, la función de los sistemas represivos y preventivos han legado importantes valores al Derecho Penal, al Derecho Procesal Penal, a la Política Criminal y a la Criminología. 

El acto penal, bien es sabido que, engendra responsabilidad civil por su complejidad de actos consecuentes. De esta manera, es primordial comprender a nivel nacional el término de “daño social”, para así, posteriormente, efectuar análisis sociales concretos y pertinentes que indaguen en el origen que determina su prolongación. 

Ahora, en un ámbito internacional, es aún más complejo por su ampliación epistemológica. Esta comprende a la Política Criminal como una acción u omisión de los poderes públicos de un Estado; irrespetando toda autoridad y ente regulador que intente reprimir o prevenir el delito.

Por ello, se plantea la relevancia de conocer y analizar las diferentes dimensiones sociopolíticas que caracterizan la figura del daño social y la Política Criminal en Costa Rica y Latinoamérica, y así, abordar sus múltiples inconsistencias desde planteamientos integrales que promuevan modelos preventivos y resocializadores con alta efectividad. 

En Costa Rica, y la mayoría de países de Latinoamérica, existe la necesidad de atender prioritariamente este aspecto, desde perspectivas amplias y anuentes que incorporen hechos punibles y no punibles, que, independientemente de su materia afecte a un grupo social y manifieste un debilitamiento a los sistemas estatales; esto, siempre y cuando se fundamenten en la Constitución Política y se validen a través de la teoría de daños.

El desafío actual es, comprender las dinámicas individuales y colectivas socio históricas que se exponen detrás de este fenómeno. Y, esto, puede ser posible con la ayuda de los poderes legislativo, judicial y ejecutivo; siempre que, se afiancen los derechos fundamentales de los individuos, y que, entre ellos, posean un fuerte vínculo interdisciplinario apoyado en el resurgimiento de la Política Criminal, como principio de mayor fuerza e interés.

Referencias bibliográficas:

Acevedo, M. (2014). La política criminal contemporánea y la práctica penitenciara costarricense. Revistas UCR (1): (39-51). Recuperado de https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/view/13365/12632 

Merino, J. (2018). Tendencias de la política criminal contemporánea. Tlaxcala, México: Universidad Autónoma de Tlaxcala. Recuperado de https://www.marcialpons.es/media/pdf/9788491234944.pdf 

Sibaja, I. (2018). La política criminal y el daño social en Costa Rica. Revista de Ciencias Sociales (161): 141-151. Recuperado de https://revistacienciassociales.ucr.ac.cr/images/revistas/RCS161/09-SIBAJA.pdf









Conclusiones y recomendaciones

Es evidente la importancia y trascendencia que simboliza la pena en el Sistema Penal, de manera que, esta representa una de las sanciones pa...